domingo, 16 de marzo de 2014

JURADO POPULAR

El Jurado Popular en España volvió a instaurarse en España en al año 1995 aunque no fue hasta el 96 cuando se celebraron los primeros juicios.

Nueve ciudadanos sin conocimientos jurídicos son elegidos a partir del censo electoral y otros dos serán nombrados como suplentes.Los requisitos para ser jurado popular es ser mayor de edad,estar en pleno ejercicio de los derechos políticos,saber leer y escribir y ser vecino de cualquiera de los municipios de la provincia en los que el delito se hubiera cometido.

Pueden excusarse los mayores de 65 años,los que hayan desempeñado funciones de jurado en los 4 años precedentes y los que sufran grandes trastornos por razón de sus cargas familiares,los residentes en el extranjero,los que desempeñen trabajos de especial relevancia y militares en activo en ejercicio de sus funciones.


La remuneración que se persigue es de 67 euros al día por las 26 sesiones de juicio y las tres jornadas de deliberación, a esto habría que sumarle los gastos de comidas y cenas,alojamiento, desplazamiento etc por lo que la suma total ascendería a unos 30.000 euros.

La media anual es de unos 650 juicios celebrados con jurado popular y los delitos que se contemplan son:

  • Asesinato
  • Homicidio
  • Auxilio o inducción al suicidio
  • Infanticidio
  • Infidelidad en la custodia de presos
  • Infidelidad en la custodia de documentos
  • Cohecho
  • Malversación se caudales públicos
  • Omisión del deber de socorro
  • Tráfico de influencias
  • Allanamiento de morada
  • Incendios forestales


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